domingo, 26 de septiembre de 2010

CIENCIA Y DERECHO


El conocimiento es un pensamiento dinámico en la conciencia de los sujetos que pueden utilizar para enfrentar un problema. Es cierto que se requieren ciertos pasos para llegar a él, sin embargo, es necesario un pensamiento intelectual que aplique la razón a través de la utilización de la lógica formal, que no es más que la lógica propiamente dicha, y es precisamente la ciencia en cuanto a conocimiento que determina cuáles son las formas correctas y válidas de los raciocinios.

El raciocinio puede definirse como un proceso del pensamiento que a partir de ciertos conocimientos establecidos, llamados premisas, nos lleva a adquirir un conocimiento nuevo o conclusión, sin que para ello haya de recurrir a nuevas constataciones u observaciones distintas o adicionales a las ya contenidas en las premisas.

Por lo tanto, la verdad a la que conduce la lógica formal es una verdad formal, que será verdad en tanto sea verdad el contenido de las premisas, e indicará solamente que existe una congruencia de ese raciocinio consigo mismo. Si en un razonamiento existe falsedad en las premisas y la conclusión asimismo es falsa, de todos modos será correcto o válido como razonamiento.

Las leyes de la lógica formal solamente resultarán aplicables al campo de las ciencias puramente exactas, como las matemáticas, la física y la química, y las abstractas, como las exclusivamente normativas o la interpretación jurídica.

Podemos ayudarnos con las operaciones mentales, que consisten en la descripción, características o rasgos distintivos de un objeto de conocimiento de una manera coherente y ordenada.

Así, tenemos tres operaciones del pensamiento:

Concepto. Es la palabra para designar un objeto (término) o la operación para describir las características (definición) del objeto del conocimiento.

El universo de objetos a los que pertenece el objeto a definir lo podremos denominar sustancia o esencia, y a lo que distingue al objeto de cualquier otro de ese mismo género se le llama accidentes.

Juicio o proposición. Es el enunciado, ya sea afirmativo o negativo.

Razonamiento. Es el silogismo resultado de una deducción de dos premisas, una identificada como mayor y otra, como menor.

Partiendo de que el derecho es una ciencia, podemos llevar estas tres operaciones al campo jurídico. Así tenemos:

Conceptos jurídicos. Encontramos dos fundamentales que son necesarios para conocer o entender el derecho; por mencionar tenemos ley, orden, justicia y norma.

Enunciados jurídicos. Conformados por los enunciados normativos y los principios generales de derecho.

Silogismos jurídicos. Es decir, la subsunción, que consiste en sumir la relación jurídica (premisa menor) bajo la norma jurídica (premisa mayor) por medio de una deducción.

 Bajo este tenor tenemos que la lógica en el campo del derecho emplea conceptos jurídicos que son fundamentales para la creación de las normas jurídicas, entendiéndose por éstas las reglas creadas por el Estado y que tienen un carácter general, abstracto e impersonal y está dotado de coercibilidad, es decir, el creador de la norma es un evaluador moral competente.

viernes, 17 de septiembre de 2010

EL CONOCIMIENTO


El conocimiento es la aproximación de un sujeto sobre lo que percibe con respecto a una cosa, y este se manifiesta a través de ideas, señas, imágenes o escritos.


Con esta definición se puede clasificar el conocimiento en:
A)   Conocimiento Intelectual. Es aquel que está basado en la lógica, cuya finalidad es crear la forma correcta del pensamiento a través de un método científico, nace cuando el sujeto se libera de los dogmas y prejuicios con una comprobación. Este tipo de conocimiento se puede dividir en filosófico y científico, el primero es aquel que busca la verdad y el segundo pretende buscar la validez universal.
B)   Conocimiento Sensorial. Se externa por medio de los sentidos con que cuenta el ser humano: vista, olfato, oídos y tacto.
C)   Conocimiento Disuasivo. Se manifiesta con la exposición de ideas.
D)   Conocimiento Empírico. Este tipo de conocimiento no se estudia ni se analiza, es alimentado con la experiencia que adquiere el sujeto.
E)   Conocimiento Vulgar. Es cuando una generación transmite su información verbalmente o por actos a la siguiente generación.
F)    Conocimiento Intuitivo. Sucede cuando se capta el objeto en cuanto a una totalidad, sin delimitarlo con alguna estructura, no dándole claridad.


Al conjunto de conocimientos relativos a ciertas categorías de hechos, objetos o fenómenos le podremos denominar ciencia, la cual está basada fundamentalmente en la lógica. La cual es cuando ordenamos en forma coherente las ideas y el razonamiento.


Para efectuar un razonamiento de manera ordenada o correcta se cuenta con tres operaciones mentales básicas:

A)   Concepto. Es la operación mental básica que consiste en la descripción, las características o rasgos distintivos de un objeto de conocimiento. Todo concepto se realiza con dos elementos fundamentales: la comprensión y la extensión. La primera es con las características esenciales de un objeto, es decir, de las notas distintivas con respecto a otro; y la extensión es el número de objetos que caben en un concepto.
B)   Juicio o Proposición. Esto no es más que los enunciados que se pueden realizar con el concepto y pueden ser afirmativos o negativos.
C)   Razonamiento o Silogismos. Esto es la comparación de dos o más proposiciones o juicios para sacar una conclusión.


Por ejemplo:
Concepto: Justicia. Principio filosófico que persigue un bien común, a través de dar a cada quien lo que le corresponde de manera imparcial.

Juicio o Proposición: La justicia que imparten los jueces debe ser igual para todos.

Razonamiento o Silogismo: Comparación de las siguientes proposiciones o enunciados.
a) La justicia que imparten los jueces debe ser igual para todos.
b) El juez décimo no aplicó en su resolución la justicia.
Por lo tanto, se puede concluir que los jueces no siempre llevan a cabo la justicia.




viernes, 3 de septiembre de 2010

¿Qué es el Derecho?


 ¿Qué es el Derecho?
Diferentes significados de la palabra derecho.
La palabra derecho proviene del vocablo latino "directum" que significa en su primer origen, "lo que es bien dirigido" o "lo que no se aparta del buen camino". algunas definiciones de la palabra derecho son:
Derecho.- conjunto de normas jurídicas, creadas por el poder legislativo para regular la conducta externa de los hombres en sociedad.
Derecho.- sistema de normas principios e instituciones que rigen, de manera obligatoria, el actuar social del hombre para alcanzar la justicia, la seguridad y el bien común.
Derecho.- conjunto de normas bilaterales, heterónomas, coercibles y externas que tienen por objeto regular la conducta humana en su interferencia ínter subjetiva.
Derecho.- conjunto de normas jurídicas que se aplican exclusivamente a los hombres que viven dentro de una sociedad.