domingo, 26 de septiembre de 2010

CIENCIA Y DERECHO


El conocimiento es un pensamiento dinámico en la conciencia de los sujetos que pueden utilizar para enfrentar un problema. Es cierto que se requieren ciertos pasos para llegar a él, sin embargo, es necesario un pensamiento intelectual que aplique la razón a través de la utilización de la lógica formal, que no es más que la lógica propiamente dicha, y es precisamente la ciencia en cuanto a conocimiento que determina cuáles son las formas correctas y válidas de los raciocinios.

El raciocinio puede definirse como un proceso del pensamiento que a partir de ciertos conocimientos establecidos, llamados premisas, nos lleva a adquirir un conocimiento nuevo o conclusión, sin que para ello haya de recurrir a nuevas constataciones u observaciones distintas o adicionales a las ya contenidas en las premisas.

Por lo tanto, la verdad a la que conduce la lógica formal es una verdad formal, que será verdad en tanto sea verdad el contenido de las premisas, e indicará solamente que existe una congruencia de ese raciocinio consigo mismo. Si en un razonamiento existe falsedad en las premisas y la conclusión asimismo es falsa, de todos modos será correcto o válido como razonamiento.

Las leyes de la lógica formal solamente resultarán aplicables al campo de las ciencias puramente exactas, como las matemáticas, la física y la química, y las abstractas, como las exclusivamente normativas o la interpretación jurídica.

Podemos ayudarnos con las operaciones mentales, que consisten en la descripción, características o rasgos distintivos de un objeto de conocimiento de una manera coherente y ordenada.

Así, tenemos tres operaciones del pensamiento:

Concepto. Es la palabra para designar un objeto (término) o la operación para describir las características (definición) del objeto del conocimiento.

El universo de objetos a los que pertenece el objeto a definir lo podremos denominar sustancia o esencia, y a lo que distingue al objeto de cualquier otro de ese mismo género se le llama accidentes.

Juicio o proposición. Es el enunciado, ya sea afirmativo o negativo.

Razonamiento. Es el silogismo resultado de una deducción de dos premisas, una identificada como mayor y otra, como menor.

Partiendo de que el derecho es una ciencia, podemos llevar estas tres operaciones al campo jurídico. Así tenemos:

Conceptos jurídicos. Encontramos dos fundamentales que son necesarios para conocer o entender el derecho; por mencionar tenemos ley, orden, justicia y norma.

Enunciados jurídicos. Conformados por los enunciados normativos y los principios generales de derecho.

Silogismos jurídicos. Es decir, la subsunción, que consiste en sumir la relación jurídica (premisa menor) bajo la norma jurídica (premisa mayor) por medio de una deducción.

 Bajo este tenor tenemos que la lógica en el campo del derecho emplea conceptos jurídicos que son fundamentales para la creación de las normas jurídicas, entendiéndose por éstas las reglas creadas por el Estado y que tienen un carácter general, abstracto e impersonal y está dotado de coercibilidad, es decir, el creador de la norma es un evaluador moral competente.

No hay comentarios:

Publicar un comentario